domingo, 30 de marzo de 2014

Paritarias: continúa el misterio. Fallo contra dos colegas del Fernández



Fallo judicial en contra de dos médicas del hospital Fernández.

Dos médicas del hospital Fernández fueron condenadas a 3 años de prisión en suspenso, inhabilitación por dos años y trabajo comunitario, acusadas de abandono de persona. http://concienciagremial.blogspot.com.ar/2014/03/dos-medicas-condenadas-3-anos-de.html. Estos hechos no son aislados. El clima social que vive nuestro país, hace que los mismos se repitan casi a diario. Todos los días y en cada hospital, se viven casos de agresiones al personal de salud, ataques a ambulancias, situaciones de descontrol. 

Se hace imprescindible una respuesta gremial que asegure a cada colega, TODOS los recursos,  conocimientos, protección y respaldo posibles para actuar ante situaciones como estas.Desde que se conoció el fallo, muchos compañeros tienen miedo de subirse a la ambulancia.

La AMM y el GCBA anunciaron el 19/10/10 un Plan de contingencia ante agresiones, con el  compromiso de establecer pautas para actuar ante estas situaciones. Aún no tenemos noticias del mismo.

De ahora en más, debemos prevenirnos, cuidarnos, saber  “Qué hacer”.
Desde RyP-Tornú creemos que es imprescindible organizar jornadas de debate en cada hospital de las que surjan pautas claras y por escrito para quienes se enfrentan a situaciones complejas cotidianamente. Jornadas con el correspondiente asesoramiento legal, que deberían ser de asistencia obligatoria para todos los servicios de emergencias. 

Las preguntas de quienes salen en auxilios

Nuestros colegas de guardia nos acercaron las preguntas más comunes, que no tienen respuestas:
  • Antes de la llegada de la policía… ¿Quién determina si el área es segura?
  • ¿Dónde debo esperar al patrullero? ¿Qué debe hacer el móvil policial, qué puedo exigirles y en caso de no cumplirse qué puedo hacer?
  • ¿Cuánto puedo esperar sin cometer abandono del paciente? ¿Cuando puedo cometer abandono de persona?
  • El potencial paciente que aún no conozco: ¿Cuándo se convierte en mi responsabilidad?
  • Cuando la ambulancia no está equipada convenientemente (no hay cardiodesfibrilador y muchas veces ni tensiómetros):¿Qué pasa si me niego a salir? Si al tomar conocimiento de esto el SAME me obliga a salir igual: ¿Cómo procedo?
  • ¿Si me agreden o amenazan cómo actúo?
  • ¿Si el paciente está grave y él o sus familiares no me dejan acercar qué debo hacer?
  • Cuando un auxilio en código amarillo, que por evaluación médica es prioritario, se interrumpe para pasar un código rojo, que solo es rojo, por ser vía publica: Si por dejar descubierto ese auxilio el paciente fallece ¿Quien es responsable, el SAME o el médico?
  • Ante un escenario “no seguro”, si  me retiro del lugar: ¿Es suficiente con que el chofer module con el SAME o debo hacer una denuncia o amparo? 
Las situaciones como las vividas en el Indo americano, el playón de Chacarita, la villa 31 y tantas otras en cualquier barrio (nuestras ambulancias, con sus médicas y choferes  fueron agredidos en más de una oportunidad) se repiten a diario, debemos estar preparados para responder adecuadamente y con todos los elementos. No es posible seguir demorando este debate.

Ley 1883/05 de Gestión de Emergencias Médicas (SAME)

¿Qué dice la Ley 1883/05, de Gestión de Emergencias Médicas, que regula nuestros deberes y derechos cuando salimos en un auxilio del SAME?
En nuestro blog subimos el texto completo, con algunos resaltados….por ejemplo, ¿sabías que está contemplado un enfermero en la dotación de la ambulancia (Art. 12 Inc. b)?. Creemos que puede servir como material de consulta permanente.
http://concienciagremial.blogspot.com.ar/2014/03/ley-188305-ley-de-gestion-de.html

Algunas propuestas:
  • Llevar siempre el teléfono de asistencia legal de la AMM: 08004447348 43718599 y el de tu filial y llama ante cualquier duda.
  • Dejar constancia escrita de todo lo actuado
  • Hacer la denuncia.
  • Exigir que se difundan por escrito todas las normativas vigentes
  • Por una ley de ambulancias que establezca su equipamiento mínimo imprescindible y la dotación necesaria (incorporación inmediata de un enfermero al equipo)
Esta condena es una advertencia: estamos en riesgo.
Sostenemos con nuestro esfuerzo y desde hace tiempo, un sistema de salud que colapsa, que nos descuida y abandona.  Hacemos que funcione a costa de nuestro propio sacrificio.
El Sistema nos expone a condiciones laborales indignas, después nos juzga y nos condena… el sistema “corta el hilo por lo más delgado”…
 
PARITARIAS: el secreto mejor guardado

Las negociaciones paritarias de casi todos los gremios están al rojo vivo, se ofrecen valores muy bajos para una inflación que fue del 30% anual en 2013 y amenaza superar esa cifra en el 2014.
A nosotros, además, en junio de 2013 nos realizaron una quita salarial del 15-20% que parece haber quedado en el olvido.
La AMM, fiel a su costumbre, negocia en secreto, sin consultarnos ni decirnos que piensan pedir y porque.
RyP-Tornú considera puntos irrenunciables:

         Salario de ingreso: $12.000 de bolsillo para la categoría PS 25/de 30 hs y despliegue vertical por carrera de dichas cifras.
         Descuento por “ganancias”: debe ser corregido, ya sea por el aumento del mínimo no imponible o por la absorción parcial o total del mismo, por el GCBA.
         Suplencia de guardia: mismo valor  que la guardia titular.
         Sumas fijas 2012/ 2013: incorporación de todas al básico.
        Carrera Profesional  vigencia y respeto de la equidistancia entre las diez categorías.
         Nombramientos: efectivización de todos los cargos concursados. El trámite administrativo no debe exceder los cuatro meses.
         Actualización de estructuras de Guardia y Planta en todos los Hospitales.
         Cobertura por concurso de todos los puestos de Guardia y Planta. 
Residentes:
         Pago efectivo en Julio a Instructores, Jefes e ingresantes: Si el trámite administrativo está concluido al momento del ingreso, son injustificables las demoras de 5 a 7 meses.
         10 días hábiles por stress
          Suplemento por dedicación exclusiva.
Concurrentes:
         Cobertura de ART, seguro de mala praxis a cargo del GCABA
          Viáticos: porcentaje ligado a los haberes de los residentes de primer año
          Derecho a comida: en los casos que correspondiere.


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