miércoles, 10 de febrero de 2010

Recupero del 40%.
Abogado que no cobra honorarios


Porqué el Dr. Pablo Kleiman (abogado) no cobra honorarios al trabajador

Estimados Doctores:

Les explico el tema de los honorarios. En el caso de Uds., que no se cumpla con la normativa vigente es un capricho de su empleador, en este caso el GCBA.
Uds. se ven obligados a iniciar acciones para reclamar algo que por derecho siempre les correspondió. No veo porque tendrían que verse perjudicados con la quita de un porcentaje de algo que siempre fue de Uds. y que no se les abona por un capricho.
De todas formas, al momento de fallar, el juez me regula honorarios que paga el Estado, que es quien llevo las cosas al punto judicial sin ningún fundamento ni razón.

Consultado otro abogado laboralista, nos brindó la siguiente información:

El abogado tiene dos "fuentes" de ingresos ante un juicio:

1) Honorarios que se regulan en sentencia (los paga el que pierde). El juez, al fallar a favor de una de las partes, resuelve también un monto o porcentaje en concepto de honorarios de su abogado, que serán pagados por el mismo que paga la sentencia (en este caso, el Estado). Por ej: si la sentencia resuelve: "Páguese a xxxxx la suma de $ 10.000 y regúlense los honorarios de su abogado en el 12% de dicha suma, a cargo del GCBA.".(Ese 12% no se quita del monto de $ 10.000. La parte demandada paga los $10.000 al que gana el juicio, y $ 1.200 al abogado patrocinante).

2) Acuerdo de honorarios o Pacto de “cuota litis”: la ley posibilita, además, que los abogados pacten con sus clientes honorarios, por los cuales el cliente decide que, en caso de ganar el juicio, una parte de lo percibido será para el abogado. El tope actual es del 20% de lo que se gane. Por ejemplo, si se contrata un abogado y se firma un acuerdo de honorarios, el mismo se lleva el 20% de lo que gane quien lo contrató.

El abogado percibe, entonces, ingresos de ambas partes. Siguiendo con el mismo ejemplo:

1. Honorarios por valor del 12% de $ 10.000 que los paga la parte demandada = $1.200
2. El 20% de lo ganado por sentencia ($ 10.000): los paga quien lo contrató, por haber pactado con él un acuerdo de honorarios: $2.000
Finalmente, al demandante le quedan $ 8.000 en mano, y el abogado recibe $ 3.200 ($1.200 los paga la demandada y $2.000, la demandante ganadora).
Esto es completamente lícito.

Lo que este abogado ofrece es no cobrar honorarios o cuota litis a los trabajadores, percibiendo solamente lo que le regulen en la sentencia, si es que gana el juicio.
No es algo común (todos firman con sus clientes acuerdo de honorarios), pero tampoco trabaja gratis.

2 comentarios:

bj dijo...

Me quiero anotar. Como hago? Dr. Corellano

"RENOVAR y PARTICIPAR" del HOSPITAL ENRIQUE TORNÚ dijo...

Bernabé
Los jueves nos reunimos en el 1º piso del Pabellón amarillo alrededor de las 10.30. NO TE OLVIDES LA FOTOCOPIA DEL RECIBO. Te esperamos